¿Sabías que el lobo es una de las especies másamenazadas de nuestro país? Según nos cuentan desde la Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico (ASCEL) no existe un censo reciente ni decente de la población de este animal en España; no obstante calculan que la cifra total está en torno a los 3.000 ejemplares.
Este dato aumenta la preocupación sobre la viabilidad a medio plazo de la población ibérica de lobos debido a que la especie consta de muchos menos reproductores de los que indicaría la cifra anterior. A falta de un valor específico para la población ibérica, el valor promedio del porcentaje de individuos que contribuye a la reproducción en poblaciones de animales salvajes es del 11%.
Los estudios genéticos actuales sobre la población de lobos en España y Portugal sugieren que estos animales han estado mucho más cerca de la extinción en tiempos relativamente recientes de lo que inicialmente se consideraba.
A pesar de estos alarmantes datos, en nuestro país se siguen cazando ejemplares de lobo, tal y como afirman desde ASCEL y WWF España, organizaciones que han pedido explicaciones a la Junta de Castilla y León por los controles de lobos que se han ejecutado en plena época de cría en espacios protegidos de la Red Natura 2000, terrenos amparados por la Directiva europea de Hábitats 92/43/CEE.
La denuncia de estas dos asociaciones supone una acusación muy grave, ya que el lobo es una especie escasa y nativa, y al tener esta catalogación, se debería garantizar su protección estricta en todo el territorio, como ocurre con otras especies.
Desde el punto de vista legal, el lobo ibérico está incluido en la Directiva Europea 92/43 de la que hablábamos antes y la correspondiente ley española que la traspone (42/2007). En el caso concreto de Castilla y León, esta normativa establece que el lobo al sur del Duero es una de las “especies animales y vegetales de interés comunitario que requieren protección estricta”. Al norte del Duero, el lobo figura junto con especies que pueden ser objeto de medidas de gestión, aunque deben prevalecer siempre criterios científicos que aseguren un estado de conservación favorable.
Las variadas interpretaciones de la ley
Es en este punto donde surgen las diferentes interpretaciones de la Ley, que permiten la caza de estos animales como mecanismo de control. A juicio de estas organizaciones ecologistas, para aplicarla con rigor, tendrían que ser evaluados el estatus de la población, los efectos de la extracción de individuos sobre la dinámica de la misma y la eficacia de la gestión.
Ante estas acusaciones, la Junta de Castilla y León explica que “acata y respeta” las sentencias del Tribunal Supremo dictadas en relación al Plan de Conservación y Gestión del Lobo, pero recalca que el ejecutivo autonómico “sólo fija la caza del lobo en el norte del Duero”.
Desde ASCEL explican que todas las especies de carnívoros terrestres y aladas de este país están virtualmente protegidas menos una: el lobo. Animales con un estatus reproductor similar al lobo, como la amenazadísima águila imperial ibérica (en torno a los 800 adultos reproductores distribuidos en casi 400 parejas), están estrictamente protegidas.
Por todo esto cualquier actuación de control de ejemplares debería estar supeditada a minuciosos análisis de impacto y justificación, y es algo a lo que obliga la legislación comunitaria, que dice que el lobo es una Especie de Interés Comunitario en todo el territorio de los 28 países de la Unión Europea. Los Estados miembros deben asegurar un estado de conservación favorable ante todo y, según denuncian las organizaciones ecologistas, España ni siquiera ha definido cuál es el Estado de conservación favorable para el lobo.
En conclusión, la legalidad de matar lobos en España es más que dudosa desde hace mucho tiempo; la legitimidad, inexistente. Acabar con la vida de individuos durante el periodo de cría como mecanismo de control de la especie amparándose en una dudosa interpretación de la ley no hace sino perjudicar a la cada vez más escasa población de lobo ibérico.
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