El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia que da la razón a Ecologistas en Acción Cantabria al considerar que el lobo es una especie silvestre protegida también al norte del río Duero.
El Supremo anula la sentencia del 17 de abril de 2019 dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria al considerar que los controles poblacionales del lobo se estaban llevando a cabo sin ajustarse a la normativa vigente.
El alto tribunal ordena al tribunal cántabro que dicte una nueva sentencia, pero establece que, aunque en determinadas comunidades autónomas al norte del Duero el lobo es una animal apto para la caza, no deja de ser una especie protegida, y “su caza o control poblacional siempre debe tener como finalidad el mantenimiento de la población en un estado de conservación favorable por ser una especie protegida”.
Control poblacional
Ecologistas en Acción asegura en un comunicado que el Gobierno cántabro no facilita la documentación necesaria sobre el control poblacional del lobo, incumpliendo con los deberes de transparencia y las obligaciones de información medioambiental reguladas en la ley.
La sentencia del Supremo ha recordado que el Convenio de Aarhus tiene como objetivo que los ciudadanos puedan disfrutar del derecho a un medio saludable, por lo que tienen derecho a acceder a la información.
Ecologistas en Acción también asegura que se han llevado cabo batidas utilizando artefactos pirotécnicos, acto que está prohibido en la legislación ya que puede provocar incendios y un impacto ambiental negativo para la fauna. EFEverde
Follow @Username
No hay comentarios:
Publicar un comentario